Ley de Teloneros fue publicada por el Diario Oficial

17 - 02 - 2020

Este lunes, el Diario Oficial publicó el texto que modifica la ley N° 19.928 sobre Fomento de la Música Chilena para establecer los requisitos que deben cumplir los conciertos y eventos musicales que se presenten en nuestro país.

Esta ley, más conocida como “Ley de teloneros” inició su trámite legislativo hace más de una década, en moción de los exdiputados y exdiputadas Isabel Allende Bussi, Alfonso De Urresti Longton, Marco Enríquez-Ominami Gumucio, Álvaro Escobar Rufatt, Ramón Farías Ponce, Marta Isasi Barbieri, Carlos Montes Cisternas, Claudia Nogueira Fernández, Manuel Rojas Molina y Patricio Vallespín López. Cabe recordar que el mes pasado, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó por 128 votos a favor y 16 abstenciones, las modificaciones del Senado al proyecto.

El principal objetivo de esta nueva ley es impulsar y fomentar el desarrollo de la música y de los artistas nacionales, incorporando un telonero nacional en conciertos extranjeros desde 600 espectadores, lo que beneficiará además a los productores que se acojan al acceder a una exención tributaria.

Los conciertos y eventos musicales de carácter masivo que se presenten deben cumplir con diversos requisitos. En primer lugar, en casos de preventa de entradas dirigida a un público exclusivo o preferencial, por un tiempo determinado, solo podrá comercializarse por este medio un porcentaje no superior al 50% del total de entradas. Segundo, el recinto donde se realice el evento o concierto deberá contar con espacios reservados para personas en situación de discapacidad, con visibilidad y comodidad adecuada. Tercero, los que se efectúen por artistas extranjeros deberán contemplar la participación de al menos un telonero chileno, intentando promover el fomento de los talentos regionales cuando el evento se realice en una región distinta de la Metropolitana.

Por otra parte, se debe tener en consideración que quien desee acogerse a este beneficio, programando la presencia de telonero chileno, no necesitará contar con el apoyo o patrocinio de la respectiva embajada o consulado. Y por último, las empresas productoras de la organización serán responsables de la limpieza y aseo que deben ejecutarse después de haberse realizado el espectáculo.

Puedes ver el documento en detalle aquí